Eres una de los cuatro millones de españoles que trabajan en condición de autónomos, pero no eres una más. Ser trabajadora autónoma y mujer es un gran mérito que nos hace únicas.
Trabajo de autónoma y sus distintas variantes
Existen distintas clases de autónomas. Si descubres cuál es el tipo de acuerdo con tu actividad, podrás sacarle el máximo provecho.
Tipo autónomo clásico
Incluye a la profesional por cuenta propia con o sin empleados a cargo (propietaria de un pequeño negocio). Cotizas por módulos (IRPF) en régimen de estimación objetiva y desgravas gastos. Para «sacarle el jugo» a esta categoría, deberías tener claro qué gastos deducir sin factura. Además, ten en cuenta que a esta modalidad le corresponde la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) a 900 euros.
Artistas y deportistas por cuenta propia
En este caso estarías encuadrada en una modalidad de cotización de base diaria.
Empresarias autónomas
Si tu negocio tiene cierto tamaño y cuenta con empleados en plantilla, lo mejor será que conformes una sociedad mercantil, de la que seas administradora. Es la modalidad más conveniente al momento de tributar. Pero atención: a esta modalidad no le corresponde la tarifa plana de 60 euros a la que sí tiene acceso el resto.
Emprendedoras de todo tipo
También podrías incluirte entre las trabajadoras que están asociadas a un colegio profesional o entre las que no están colegiadas. En ambos casos, puedes ser dueña de un negocio con o sin personal a cargo.
Autónomas colegiadas
Si eres: médica, abogada, arquitecta, farmacéutica, psicóloga, veterinaria, economista, ingeniera o procuradora y trabajas por cuenta propia. Por estar colegiada, el modo de cotización suele ser por medio de la mutualidad.
No colegiadas
Te corresponde si eres: diseñadora, programadora, traductora, redactora, publicista, formadora, agente de seguros, técnica, artesana, pintora o ingeniera, entre otras profesiones no colegiadas. En definitiva, si eres freelance (con o sin personal contratado y un negocio abierto al público), seguro que estás dentro de este grupo. Deberías revisar la lista de opciones profesionales del impuesto de actividades económicas (IAE) y comprobar si tu actividad encaja en alguna. La cotización es a través de la estimación directa simplificada en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Bajo este régimen, pagas tú la cuota a la Seguridad Social.
Otras categorías
Existen otras categorías con tipos de cotizaciones especiales. A saber:
Trabajadoras autónomas económicamente dependientes
Estarías entre las asalariadas y las empleadas por cuenta propia sin empleados a cargo. Eres de este grupo si, habiendo celebrado un contrato con el pagador, le facturamos el equivalente al 75 % (o más) de nuestros ingresos brutos anuales.
Autónomas agrarias
Rige un sistema especial llamado SETA, en lugar del común denominado RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Su cuota es inferior a la normal.
Resto de las autónomas
Eres de este grupo si colaboras con el negocio del autónomo titular de la actividad (un pariente, por ejemplo). También pertenecen a esta categoría aquellas mujeres socias de cooperativas o de comunidades de bienes.
En resumen: como trabajadora autónoma, hay que sacarle el máximo provecho a tu actividad y alcanzar el éxito que mereces.