mujer autónoma

¿Tienen derecho a paro las autónomas?

Para aquellas mujeres que somos emprendedoras y trabajamos por cuenta propia, la vida profesional a veces se convierte en una cuesta muy empinada y difícil de subir. En no pocas ocasiones debemos abandonar el barco y dedicarnos a otra actividad. Y claro que afrontamos pérdidas y sufrimos las consecuencias económicas por ello. Por fortuna, en esos casos, el paro de las autónomas es un derecho adquirido hace algunos años que nadie puede quitarnos.

En efecto, la prestación por cese de actividad te corresponde y la buena noticia es que desde el 1 de enero de 2019 no es de doce meses sino del doble: dos años. Sí, dos años completos. Tiempo suficiente y necesario para repensar el futuro laboral y cambiar de rubro profesional, de ser preciso, con tal de salir a flote en el mundo del trabajo y seguir manteniendo a la familia.

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Derecho al paro para las trabajadoras autónomas

Año Nuevo, vida nueva. Parece mentira, ¿verdad? Las trabajadoras del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) tendremos este 2019 más derechos y mejoras. El acceso al subsidio por paro, entre ellos. De todos modos, la prestación se da bajo determinadas condiciones, es decir, la baja o el cese de actividades debe tener una justificación válida. ¿Cuál, por ejemplo? La más común es: motivos económicos. Debes demostrar a Hacienda que has alcanzado un nivel de pérdida superior al 10 % de tus ingresos anuales o al 20 % en dos años consecutivos. Otras causas habituales de cese de actividad son: motivos técnicos, productivos u organizativos, separación, divorcio o violencia de género.

¿Cuál es el plazo que tienes para presentar el formulario de solicitud de la prestación por paro? Hasta el último día del mes siguiente al cese de la actividad.

prestacion por paro

Requisitos para poder cobrar la prestación por cese de actividad

La vida como autónoma no es color de rosa. Tienes que tener claro que acceder al paro no es una tarea sencilla ni rápida. Para ello hay que cumplir al pie de la letra una serie de requisitos. Son seis en total:

1. Estar dada de alta en el Régimen Especial de Autónomos (RETA) con acceso a la prestación por cese de actividad.

2. Solicitar la baja en el Régimen Especial con motivo del cese de la actividad profesional o negocio propio.

3. Haber cotizado los 12 meses consecutivos previos al cese de la actividad y a la petición del subsidio.

4. Estar en situación legal de cese de actividad y alegar que, a partir de ese momento, estás en estado de «búsqueda laboral».

5. No haber cumplido la edad legal para causar derecho a la pensión por jubilación.

6. Tener al día el pago de las cuotas a la Seguridad Social.

Saber que el paro para autónomas es una realidad palpable y de dos años de duración te permite iniciar el 2019 con mayor seguridad y más garantías en el ámbito profesional. Es, sin duda, una gran noticia para celebrar y comenzar el nuevo año con iniciativa y entusiasmo.

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